PRONUNCIAMIENTO
EL PATRONATO CULTURAL DE AYACUCHO, ante el atentado que
viene sufriendo el Templo de San Cristóbal, declarado Patrimonio Cultural Material
de la Nación, se dirige a la opinión pública de Ayacucho para expresar su
protesta en los siguientes términos:
PRIMERO.- La Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio
Cultural de la Nación, es el marco jurídico encargado de la protección legal de
los bienes culturales y señala como objetivo,
el establecimiento de políticas nacionales y regionales, las mismas que estamos
obligados a cumplir en defensa de nuestro legado cultural, que cuenta con una riqueza
arquitectónica, y que nos ayuda a forjar
nuestra identidad cultural y fortalecer la herencia colectiva de los
ayacuchanos, por tratarse de un bien patrimonial, que amamos y respetamos.
SEGUNDO.-
El Templo de San Cristóbal, una de las reliquias arquitectónicas más antiguas
de Ayacucho, está considerado como
Patrimonio Cultural de la Nación; por lo tanto, está amparado por los
tratados y convenciones internacionales, así como por la Ley Nº. 28296, que
garantizan su protección y conservación. Por otro lado, por ser un bien cultural de propiedad de la Iglesia Católica, tiene la
condición de particular y obliga al propietario a su conservación y registro
con arreglo a lo dispuesto en la Ley.
TERCERO.- Asimismo, la Ley Nº 28296, establece que la ciudadanía
en general tiene la responsabilidad común de cumplir y vigilar el debido
cumplimiento del régimen legal establecido en la referida norma legal. El art. VII de la citada ley establece como organismo
competente del Estado al Ministerio de Cultura, encargado de proteger el
Patrimonio Cultural de la Nación dentro de los ámbitos de su competencia. Sin
embargo, de manera contraproducente, el 12.07.2014, se promulgó la Ley Nº. 30230, que establece medidas tributarias, simplificación de
procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en
el país.
CUARTO.- El artículo 60° de la Ley Nº. 30230
dispone la modificación del artículo 22 de la Ley N° 28296, el mismo que requería para la ejecución de obras en
bienes culturales, la autorización previa del Ministerio de Cultura; en
consecuencia, esta nueva norma legal, le ha quitado la potestad al Ministerio
de Cultura para cumplir con su función primordial de protección de los bienes
culturales, como lo ocurrido en el presente caso. La segunda modificatoria consiste en que, el
Ministerio de Cultura designa al delegado o delegados ad hoc que estime
necesarios de conformidad con lo establecido en la Ley N° 29090-Ley de
Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones.
QUINTO.- En consecuencia, en concordancia con la Ley
Nº. 29090, las municipalidades tienen competencia y atribuciones para la aprobación
de expedientes
arquitectónicos referidos a la restauración, rehabilitación, demolición y
construcción, entre otros; para cuyo efecto, se presentan directamente ante la
Municipalidad, donde la Comisión Técnica evalúa, observa y/o aprueba los
expedientes presentados. Dicha comisión está conformada por dos miembros de la
municipalidad, un delegado del colegio de Ingenieros, un delegado del Colegio de
Arquitectos y el delegado ad hoc del Ministerio de Cultura, designado Mediante
Resolución Ministerial, quién participa en aquellos casos que tenga que
autorizarse obras en bienes culturales declarados.
POR LO
EXPUESTO:
El Patronato Cultural de Ayacucho hace llegar su
enérgica protesta contra la Comisión Técnica de la Municipalidad Provincial de
Huamanga, al no haber efectuado una revisión acuciosa para otorgar la
autorización respectiva y la construcción del inmueble contiguo al templo San
Cristóbal.
Asimismo, exigimos a la Dirección Desconcentrada de
Cultura de Ayacucho, que interponga las acciones legales respectivas ante la
Municipalidad Provincial de Huamanga, por cuanto, la Comisión Técnica ha
autorizado una obra que atenta a un ambiente urbano- monumental de primer orden
de nuestra ciudad.
Finalmente, exigimos que la Municipalidad Provincial
de Huamanga reconstituya la Comisión Técnica; por cuanto sus integrantes no
garantizan el debido estudio y tratamiento de los expedientes que deben
calificarse con profesionalismo y respeto a nuestro Patrimonio Cultural.
Ayacucho, marzo 2016
PATRONATO CULTURAL DE AYACUCHO